Licencias Creative Commons y registro en Safe Creative (y 2)

Hoy quisiera retomar el tema que dejamos pendiente sobre las Licencias Creative Commons y el registro de nuestras obras en Safe Creative (ver entrada anterior). Se nos planteaban algunas cuestiones. Ya estábamos registrados y licenciados y habíamos utilizado recursos gratuitos y con las oportunas licencias CC, habíamos reconocido autorías, etc… ¿nos podemos ir a la cama tranquilos? ¿seremos objeto de reclamaciones inoportunas que inutilicen los videos que hemos subido a nuestro blog?…

Pues va y resulta que no, no nos podemos ir tranquilos a contar ovejitas y que a nada que nos descuidemos, en vez de ovejas contemos reclamaciones de autoría y derechos, anuncios comerciales en nuestros videos sin nuestro permiso, etc.

Sin ir más lejos ésto fue lo que me pasó con uno de los últimos videos editados en la Escuela. Os lo pongo aquí para que así de paso disfrutéis de la música de Vivaldi.

Como podéis comprobar, el problema, evidentemente, no surgió con las imágenes, sino con la música. Música que consideraba tenía una licencia Creative Commons y que para utilizarla, bastaba con el reconocimiento de la autoría, tal y como se hizo al final del video (ver Imágen 1: Reconocimiento de la Autoría). Una buena mañana me encuentro con el video “machacado” con propaganda comercial y con una nota en la cuenta de YouTube:

Tu video puede incluir contenido que administren estas entidades o que sea propiedad de las mismas:

Entidad: Music Publishing Rights Collecting Society     Tipo de contenido: Composición musical”

(ver Imágen 2: Información sobre Copyright)

El tema es que la música clásica, no existiendo autores que reclamen sus derechos sobre la misma, son los intérpretes de dicha música los que ejercen los derechos sobre la misma. En el caso de la música del video que habéis visto, la música, el Movimiento 3 Allegro del Otoño de Vivaldi, está interpretado por John Harrison, violinista. Por lo tanto él puede ejercer sus derechos sobre esta pieza clásica que él mismo ha interpretado. Pero, casualmente John Harrison renuncia a esos derechos, pasando a ser la canción un archivo de Wikimedia Commons, es decir, un depósito de contenido libre hospedado por la Fundación Wikimedia. Así es como aparece en esta página de la Wikipedia, de donde se tomó este tema musical para el video. En esta otra página podéis descargaros la pieza musical en concreto y ver su licencia Creative Commons.

Así las cosas me dispuse a impugnar la reclamación que me hacía Music Publishing Rights Collecting Society. La verdad es que fué sencillo, pero hay que molestarse en hacerlo (ver Imágen 3 e Imágen 4: Confirmación de la Reclamación y Envío de la Impugnación). Al día siguiente ya me habían quitado la nota en la que reclamaban Derechos de Copyright y también la propaganda comercial que en forma de popup aparecía cada vez que se reproducía el video.

Después, investigando un poco por la web, te das cuenta que tanto Music Publishing Rights Collecting Society como también  Sony Music Entertainment se dedican a reclamar casi sistemáticamente la música en los videos particulares, aunque ésta te la hayas descargado de sitios como Jamendo, en los que todas las canciones y todos los discos tienen una Licencia Creative Commons. Cuando menos, resulta sospechoso que tan pronto como recibe YouTube una Reclamación de Copyright, sin investigarla, rápidamente se acoja a su derecho de ponerte propaganda comercial en tu video. Propaganda que, aunque luego inmediatamente te la quiten cuando tú impugnas la Reclamación de Copyright, ya ha estado uno o varios días en tu video y ya ha reportado unos beneficios a YouTube  a tu costa. Os animo a no bajar la guardia y reclamar: es nuestro derecho y el de los autores que libremente han cedido sus derechos bajo licencias CC. Y por supuesto, licenciar vuestros trabajos en Safe Creative bajo Licencia Creative Commons.

3 comments

    • tahis on 7 junio 2011 at 2:45

    muy útil y necesario que hallas compartido tu experiencia personal con estos casos de youtube, definitivamente uno de los temas mas controversiales en todo el mundo es el derecho de autor en cualquiera de sus vertientes, tanto mas controversias surgen mas leyes crean… esperemos pronto se solucionen y entienda realmente el origen de este gran misterio..gracias por el aporte

    • tahis on 7 junio 2011 at 2:46

    muy útil y necesario que hayas compartido tu experiencia personal con estos casos de youtube, definitivamente uno de los temas mas controversiales en todo el mundo es el derecho de autor en cualquiera de sus vertientes, tanto mas controversias surgen mas leyes crean… esperemos pronto se solucionen y entienda realmente el origen de este gran misterio..gracias por el aporte

    • nicky on 18 septiembre 2011 at 11:15

    estas compañias se dedican a ganar dinero por todos los medios posibles, se esta llegando al ridiculo con esto del copyright falta nomas que quieran hacer copyright de los colores, rojo, amarillo,etc,etc que no podras usar los colores porque incumplirias los derechos de la DMCA xDD
    a mi me cerraron una cuenta porque Sony Music Entertainment se adjudicaban la autoria de la musica cuando en realidad el copyright era de otra compañia xDD

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